PPK: ¿Cómo se define una eventual vacancia presidencial?

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15 Diciembre 2017

Diego Chirinos15.12.2017 / 09:10 am

El presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) afirmó anoche que no renunciará a su cargo, luego de que diferentes bancadas de oposición, entre ellas la de Fuerza Popular, se lo exigieran por las asesorías que su empresa Westfield brindó a la constructora brasileña Odebrecht. Por estos servicios recibió US$782,000 entre el 2004 y el 2007.

"No voy a abdicar, ni a mi honor, ni a mis valores, ni responsabilidades como presidente de todos los peruanos, invito a todos los actores políticos a hacer lo mismo, nos costó mucho recuperar esta democracia, no la volvamos a perder", invocó el mandatario.

Previamente, las bancadas del fujimorismo, el Apra, Frente Amplio y Alianza para Progreso advirtieron que si no daba un paso al costado, ellos promoverían su vacancia. A continuación el paso a paso de este proceso.

—En manos del Congreso—
Del Parlamento dependerá declarar una "incapacidad moral o física" como motivo de vacancia presidencial, según la Constitución.

La moción de vacancia debe llevar la firma de por lo menos 26 congresistas para ser presentada. Su admisión requiere 52 votos a favor, mientras su eventual aprobación final necesitaría 87 votos favorables. Todo ello en un plazo no mayor de dos semanas.

El resto de motivos contemplados por el artículo 113 de la Constitución para la vacancia presidencial son la muerte del Jefe del Estado, salir del país sin autorización del Parlamento o no regresar en el plazo fijado y una sanción del presidente "por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución".

—¿Quién sucede al presidente?—
De concretarse una eventual vacancia presidencial, en cualquiera de los escenarios antes planteados, el primer vicepresidente de la República, Martín Vizcarra, tendría que asumir de forma inmediata el cargo de PPK. 

Si Vizcarra no pudiese cumplir con el relevo, la segunda vicepresidenta y actual presidenta del Consejo de Ministros, Mercedes Aráoz asumiría como Jefa del Estado. En ambos casos, el Congreso solo tramitará la sucesión. No se requiere que el Parlamento apruebe al sucesor.

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