Ley sobre reelección de intendentes por una sola vez, será aplicada a partir de las Municipales del 2015 (Paraguay)

Artículo
22 Diciembre 2014

 

La Justicia Electoral está organizada en función a lo que establecen las leyes y la Constitución Nacional; en ese orden, acatará la Ley 5376/14 que modifica el Artículo 257 de la Ley 834/96; se mantiene la disposición de que todo intendente debe renunciar 90 días antes de unas elecciones para postularse para la reelección. 

La Ley 5376/14, sancionada por el Congreso Nacional y promulgada recientemente por el Poder Ejecutivo, entrará en vigencia a partir de su publicación, por lo que será aplicada en el próximo proceso electoral a iniciarse el 24 de febrero del 2015 cuando el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) convoque a Elecciones Municipales de ese, informó el Superintendente del TSJE, Abg. Modesto Núñez. 

La nueva legislación modificó el Artículo 275 de la Ley 834/96 del Código Electoral, y quedó redactada de la siguiente manera: “El Intendente podrá ser reelecto por el voto popular por una sola vez, de manera consecutiva o alternada 

Ver artículo original