Procedimiento para realizar la Consulta Popular en Ecuador

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10 Octubre 2017

A medida que avanzan los días la consulta popular y referéndum se van cristalizando. Primero fue una idea, luego se aseguró con la recepción de las sugerencias y después el presidente Lenín Moreno anunció oficialmente su contenido: 7 preguntas que engloban temas de corrupción, Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), reelección indefinida, Yasuní ITT, minería metálica, Ley de Plusvalía y delitos sexuales contra niñas/os y adolescentes.

Una vez enviadas las interrogantes al órgano autónomo, la Corte hace un proceso de admisión. Aquí se dividen las preguntas en plesbicito (consulta popular) y referéndum. Las primeras (consulta popular) se refieren a las que no establecen textos de reforma y tampoco tienen un plazo determinado. En cambio, para las segundas (referéndum) sí contienen textos de reforma y de otras leyes, y tiene como plazo 20 días.

Luego de este tiempo, la CC deberá emitir su dictamen. En caso de ser favorable, la resolución regresa al Ejecutivo, que debe emitir un decreto solicitando la convocatoria al Consejo Nacional Electoral (CNE), el que una vez notificado tiene quince días para convocar al proceso, cuya fecha de realización no rebasará los siguientes 60 días.

Si el dictamen no es favorable. ¿Qué sucede?

Según el constitucionalista Stalin Raza, la CC, en su primer pronunciamiento, dirá si es correcto o no que se haga vía enmienda constitucional o mediante otro proceso.

Observaciones a las preguntas

El constitucionalista Stalin Raza menciona que la consulta popular y referéndumtienen un problema de insuficiencia.

En cuanto a la corrupción, afirma que se está incurriendo en el “populismo penal”, esto es, “darle gusto a las personas que están exigiendo sanciones frente a estos casos”. Sin embargo, Raza considera que esto no es por un problema de falta de leyes sino de aplicación por parte de quienes ejercen esas funciones.

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