Cuestión de confianza: lo que se viene en el Congreso

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17 Septiembre 2018

La Junta de Portavoces se reunirá este lunes desde a las 9:00 a.m. para analizar el anuncio del presidente Martín Vizcarra sobre la convocatoria de una legislatura extraordinaria y la presentación de una cuestión de confianza respecto a los 4 proyectos de ley de reforma judicial y política que están en manos del Congreso.

El 2 de agosto pasado, el presidente Vizcarra presentó la primera iniciativa sobre la reforma de justicia, referida a cambios en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y 7 días después presentó los otros 3 proyectos referidos a la reforma política: bicameralidad, financiamiento privado y la prohibición de la reelección de congresistas. Los 4 proyectos plantean reformas constitucionales y, según anunció el propio presidente Vizcarra, se buscarían someter a referéndum

Hasta la fecha, la Comisión de Constitución solo ha trabajado en el dictamen sobre la reforma del CNM. De hecho, el grupo de trabajo se iba a reunir mañana para aprobar el texto final y se tenía previsto aprobarlo en el pleno en esta misma semana. ¿Y los otros 3? Según el cronograma aprobado en Constitución, los dictámenes estarían recién entre el 1 y 12 de octubre.

La pregunta, ante este escenario, es: ¿puede acelerar la cuestión de confianza estos plazos?

-Voluntad política-
En marzo pasado, el Congreso aprobó una serie de modificaciones al artículo 86 de su reglamento, el cual delimita los alcances de una cuestión de confianza. Según el nuevo texto aprobado, "no procede la interposición de una cuestión de confianza cuando esté destinada a promover, interrumpir o impedir la aprobación de una norma o un procedimiento legislativo o de control político".

Para el ex oficial mayor, José Cevasco, esta nueva norma impide que el primer ministro César Villanueva presente una cuestión de confianza para aprobarse las 4 normas en cuestión. [si bien el presidente Martín Vizcarra lo anunció la cuestión, la Constitución especifica que solo la puede presentar un ministro y en el pleno].

"Apelar a una cuestión de confianza sobre un procedimiento legislativo es ir sobre la autonomía del Congreso", sostuvo Cevasco.

Pero José Elice, director de Reflexión Democrática, señaló que las modificaciones aprobadas en marzo sobre este tema son inconstitucionales. A la fecha, el Tribunal Constitucional evalúa una demanda presentada por la bancada Peruanos por el Kambio.

En ese sentido, Elice sostuvo que si bien la norma está vigente se podría apelar a que carece de legitimidad. "No puedes regular una norma que es contraria a la Constitución", alegó.

Además, el especialista parlamentario recordó que el Congreso tiene 2 vías para salir de estas disyuntivas: aprobar mañana el dictamen que ya tienen listo sobre el CNM y dictaminar los otros 3 proyectos pendientes hasta el miércoles. O más rápido aún, estos últimos exonerarlos del trámite de comisión y someterlos directamente al debate en el pleno del Congreso.

-Un antecedente-
La aprobación de los proyectos en cuestión daría por zanjada la cuestión de confianza sin necesidad de votación. Así sucedió en el 2012 con el entonces ministro de Defensa, Pedro Cateriano.

El ex miembro del gabinete de Ollanta Humala utilizó este mecanismo en el pleno en busca de la delegación de facultades para aprobar dispositivos legales que permitieran el aumento salarial a los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. 

Terminada la sesión, se aprobó la delegación y se entendió como un voto de confianza a favor de Cateriano. El otrora jefe del Gabinete Ministerial de Ollanta Humala refirió que se trata de un mecanismo que se ha empleado correctamente por Martín Vizcarra, debido a que el artículo 133 de la Constitución no impide a que se haga el planteamiento sobre un asunto público, como el de la reforma judicial y política.

En el Congreso, la bancada mayoritaria de Fuerza Popular ha guardado cautela debido a que esperan escuchar el planteamiento exacto del primer ministro César Villanueva. Fuentes de dicha bancada dijeron que su posición dependerá del sentido que adopte el planteamiento: buscar una más rápida aprobación de los proyectos o forzar el referéndum.

-¿Cierre posible?-
Otro debate que se ha abierto con la cuestión de confianza anunciada es la aplicación del artículo 134 de la Constitución, el cual señala que "el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros".

¿Cuándo se produce una crisis total del gabinete? El artículo anterior de la Constitución, el 133, especifica que "si la confianza le es rehusada [al primer ministro], o si es censurado, o si renuncia o es removido por el presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete".

Según las nuevas modificaciones del Congreso -evaluadas en el Tribunal Constitucional- "no se considera que hay crisis total del gabinete cuando el presidente del Consejo de Ministros renuncia unilateralmente, ni cuando el presidente de la República opte por designar a uno o más ministros renunciantes nuevamente en el gabinete".

¿Cuál es la clave en este punto? Bajo la interpretación del oficialismo, si se niega este pedido de confianza, se abre la posibilidad de la facultad presidencial para cerrar el Congreso. “Este sería el segundo pedido [de confianza], el gobierno sigue siendo el mismo. El gobierno comenzó el 28 de julio del 2016 y termina el 28 de julio del 2021”, aseveró el vocero de la bancada Peruanos por el Kambio, Gilbert Violeta.

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