Avanza la Reforma Electoral ¿el fin del Sistema Binominal? (Chile)

Artículo
06 Octubre 2014

 

La democracia chilena transita un momento histórico. Con 86 votos a favor y 28 en contra, el pasado 13 de agosto la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de reforma electoral enviado por el Gobierno de Michelle Bachelet. El proyecto fue aprobado sin mayores modificaciones, salvo algunos aspectos operativos en materia de inscripción de candidatos y vinculados a la profundización de las medidas de acción afirmativa de género.Sólo los diputados de la conservadora Unión Demócrata Independiente[1] (UDI)votaron en contra, cuestionando, entre otras cosas, el mayor gasto que demandará el aumento de parlamentarios que supone la reforma.Ahora es el turno del Senado, donde se espera que el proyecto encuentre mayor resistencia. El proyecto modifica el sistema electoral binominal por distritos vigente desde 1989 para la elección de Diputados y Senadores Nacionales, por otro con pretensiones de mayor proporcionalidad. En reemplazo del sistema introducido por el régimen militar de Pinochet, se propone una nueva distribución de distritos y circunscripciones y un aumento del número de diputados de 120 a 155 y de senadores de 38 a 50. 

Además, el proyecto viene a saldar otra vieja deuda de la democracia chilena: la sanción de un cupo femenino. Al respecto, la iniciativa establece que al menos un 40% de los candidatos de cada partido deben ser mujeres.De ser aprobado por el Senado, el nuevo régimen electoral entraría en vigencia para las elecciones legislativas de 2017. El cambio del sistema electoral no implica una nueva reforma constitucional. Para que el Congreso Nacional modifique la Ley Orgánica sobre Votaciones Populares y Escrutinios, se requiere el voto de una mayoría calificada de 3/5 de los diputados y senadores en ejercicio. De esta manera, la Concertación (Nueva Mayoría), con un 55% de representantes,necesitará del voto de algunos senadores de la Alianza (centro derecha) para efectivizar el cambio.

 ¿Qué es el Sistema Binominal? 

Concebido por el gobierno de facto para limitar las posibles ventajas electorales de la izquierda, los reformadores esperaban que el sistema redujera la fragmentación del sistema de partidos y las posibilidades de que la derecha resultara desplazada por la amenaza izquierdista. La ingeniería binominal aseguraría que, en el peor de los casos, la derecha pudiera mantener una relación de poder relativamente equilibrada[2]. ¿Cómo?La ley electoral vigente dispone que cada partido o alianza pueda presentar un máximo de dos candidatos a las elecciones para la Cámara de Diputados en cada una de las 60 circunscripciones del país. Al emplearse también en las elecciones para el Senado, la misma reglamentación rige en cada una de las 19 circunscripciones senatoriales. Con un sistema de listas abiertas, el aspirante que dentro de la lista más votada reúna la simple mayoría de los votos de la circunscripción,obtiene el primer escaño. 

Pero ¿quién se queda con el segundo escaño? Como claramente explica Peter Siavelis (2005) “dadas las características de funcionamiento del sistema de representación proporcional D’Hondt en circunscripciones binominales, para que un partido o coalición se quede con ambos escaños tiene que duplicar la votación de la lista competidora que más se le aproxime”. El sistema binominal establece, por tanto, elevados umbrales fácticos o efectivos que le otorgan una dinámica muy poco proporcional, independientemente de la formal aplicación de un sistema de reparto D’Hondt. En primer lugar, para ganar un escaño es preciso obtener al menos el 33.4% de los votos de la circunscripción. Pero para que un partido pueda quedarse con los dos escaños en juego debe obtener más de dos tercios de los votos totales del distrito (el 66.7%) o el doble de los votos de su oponente. Por supuesto,los umbrales de representación en cada circunscripción varían según la cantidad de listas que presentan candidatos y sus niveles relativos de apoyo (Siavelis, Op Cit.). 

El régimen adoptó este sistema electoral consciente de que el apoyo a los partidos de la oposición rara vez podría superar los dos tercios en cualquier distrito asegurándose, por tanto,la obtención de al menos un diputado por distrito. En gran medida como consecuencia de los incentivos del binominalismo, desde el retorno a la democracia la política de partidos chilena ha estado dominada por dos coaliciones multipartidistas que han reproducido un patrón de competencia bipolar: la Concertación de Partidos por la Democracia (hoy Nueva Mayoría, de centroizquierda), y la Alianza por Chile (centro derecha). El sistema binominal ha generado una lógica de competencia bipolar persistente que en gran medida ha limitado los pretendidos efectos del mismo en términos de reducción efectiva de la cantidad de partidos políticos existentes, muchos de los cuales persisten al interior de las dos coaliciones mayores.Los incentivos institucionales que los mismos encuentran para mantenerse coaligados son fuertes. Así, los procesos de negociación de candidaturas y de coordinación electoral se han ceñido al interior de las dos grandes coaliciones, entre sus principales partidos. 

Los principales aspectos de la reforma. Antes de la introducción del sistema binominal, durante la mayor parte de su historia democrática Chile empleó un sistema de representación proporcional con distritos plurinominales considerablemente permisivo, que si bien daba lugar a la existencia de un sistema de partidos fragmentado,facilitaba la negociación y una competencia de tendencia centrípeta entre organizaciones fuertemente arraigadas en la sociedad y que representaban identidades políticas bien definidas, pero proclives a la conformación de alianzas. La existencia de un centro político pragmático promovía que los polos de derecha e izquierda se movieran siempre hacia el centro más que a los extremos. El actual proyecto de reforma establece tres grandes objetivos. En primer lugar, retornar a un sistema de decisión y representación que tenga efectos más proporcionales. Segundo, ajustar el principio de “una persona, un voto”, esto es, que exista la misma proporción de electores o población para elegir cada escaño a través de los distritos. Tercero, avanzar hacia la promulgación de una cuota de género parlamentaria. A tal fin, uno de los elementos centrales del proyecto es un plan de redistritamiento. El mismo establece una reducción de 60 a 28 distritos para la elección de diputados, en los cuales la magnitud (número de escaños en juego en cada distrito) fluctuaría entre 3 y 8. Para el Senado, se establece que cada región constituye una circunscripción en sí misma.En este caso, la magnitud varía entre 2 y 7 senadores. Uno de los incentivos más evidentes de este redistritamiento es la reducción de las barreras de entrada, de los umbrales electorales efectivos. Teóricamente, su reducción beneficiará a partidos pequeños que hoy carecen de toda posibilidad de acceder a una banca en el Congreso si no es como parte integrante de una de las dos coaliciones que estructuran el espectro partidario. Al mismo tiempo, el malapportionment disminuiría significativamente ya que 22 de los 28 distritos mejorarían la relación entre escaños y población.

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